A favor da el fallo de la Corte CIDH en el caso de Petro
La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado Colombiano de haber violado los derechos políticos de Gustavo Petro en su puesto como alcalde de Bogotá.

Imagen fuente: Facebook Petro

El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor del senador Gustavo Petro, se dio a conocer este martes 18 de agosto, por su destitución en el cargo de alcalde de Bogotá el cual inició en el 2012.

El senador había presentado su caso ante la Corte, asegurando que existía una persecución judicial en su contra, señalando que la Procuraduría general le había vulnerado su derecho al debido proceso y a la defensa. Así que la CIDH declaró responsable al Estado colombiano por las violaciones a los derechos políticos de Petro, los cuales se vieron afectados con la sanción disciplinaria de destitución como Alcalde Mayor de Bogotá e inhabilitación por el periodo de 15 años para ocupar cargos públicos. Sanción que fue impuesta por la Procuraduría General en 2013.

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Para el organismo internacional, los argumentos presentados por el exalcalde en efecto fueron una violación de la Convención Americana, por lo que concluyó:

“La Corte concluyó que los derechos políticos del señor Petro se vieron afectados por la sanción de destitución e inhabilitación impuesta por la Procuraduría, el 9 de diciembre del 2013 y que fue confirmada el 9 de enero del 2014. El Tribunal reiteró su precedente en el caso López Mendoza Vs. Venezuela, respecto que el artículo 23 de la convención no permite que un órgano administrativo pueda aplicar una sanción que implique una restricción a los derechos políticos de un funcionario público democráticamente electo”, indicó el Tribunal Interamericano en la sentencia.

Ahora como consecuencia el Estado colombiano debe reparar al senador de manera inmediata y también debe «adecuar su ordenamiento interno de acuerdo con lo señalado en la sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas».

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Fuente: Redacción Mundo 7/24,  Anyel Ruiz.

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